La Calidad en el Laboratorio de Microbiología:
una propuesta de aplicación práctica

Gestión de residuos

Introducción

Dentro del capítulo de la Seguridad en el Laboratorio de Microbiología, una parte importante la constituye la Gestión de los Residuos que se generan en su actividad habitual. Estos residuos pueden estar constituidos o contaminados por microorganismos, y/o contener sustancias tóxicas y peligrosas; si no se gestionan correctamente pueden representar un peligro para la salud de la comunidad. La mejor forma de manejar racionalmente los residuos es una gestión integrada de los mismos, cuyos elementos básicos son la minimización, la segregación y la eliminación controlada

Fundamentación legal

La Ley 10/2000, de 12 de Diciembre, de Residuos de la Comunidad Valenciana (DOGV 3898 de 15/2/2000), en su artículo 56 apartado 1 c) establece que no son admisibles en los vertederos "residuos de hospitales u otros residuos clínicos procedentes de establecimientos médicos o veterinarios y que sean infecciosos con arreglo a la definición de la tabla 5 del Real Decreto 952/1997, de 20 de Junio, y residuos de la categoría 14 de la parte A de la tabla 3 del Anexo 1 del citado Real Decreto 952/1997".

En el citado Real Decreto 952/1997, en su Anexo 1, Tabla 5, Parte H9 se definen los residuos infecciosos como "sustancias que contienen microorganismos viables o sus toxinas, de los que se sabe o existen razones fundadas para creer que causan enfermedades al ser humano o en otros organismos vivos". En su Anexo 1, Tabla 3, Parte A 14 se habla de "sustancias químicas no identificadas y/o nuevas y de efectos desconocidos en el hombre y/o el medio ambiente que procedan de actividades de investigación y desarrollo o de actividades de enseñanza (residuos de laboratorios, etc.".

El Decreto 240/1994, de 22 de Noviembre (DOGV 2401) aprueba el Reglamento Regulador de la Gestión de los Resíduos Sanitarios.

En su Capítulo I, Artículo 3, establece la siguiente clasificación de los residuos sanitarios.

a) Grupo I. Residuos asimilables a los urbanos: son aquellos que no plantean especiales exigencias en su gestión, tales como cartón, papel, material de oficinas, despachos, cocinas, cafeterías, bares, comedores, talleres, jardinería, etcétera.
b) Grupo II. Residuos sanitarios no específicos: son aquellos residuos que, procedentes de pacientes no infecciosos y no incluidos en el grupo III, están sujetos a requerimientos adicionales de gestión intracentro, siendo, a los efectos de su gestión extracentro, asimilables a los del grupo I. Estos residuos incluyen material de curas, yesos, textil fungible, ropas, objetos y materiales de un solo uso contaminados con sangre, secreciones o excreciones.
c) Grupo III. Residuos sanitarios específicos o de riesgo: son aquellos en los que, por representar un riesgo para la salud laboral y pública, deben observarse especiales medidas de prevención, tanto en su gestión intracentro como extracentro.
d) Grupo IV. Residuos tipificados en el ámbito de normativas singulares: son aquellos que en su gestión, tanto intracentro como extracentro, están sujetos a requerimientos especiales desde el punto de vista higiénico y medioambiental. En este grupo se incluyen los residuos citostáticos, restos de sustancias químicas, medicamentos caducados, aceites minerales o sintéticos, residuos con metales, residuos de los laboratorios radiológicos, residuos líquidos, etcétera.

Dentro del grupo III, los residuos se subclasifican en varias categorías, de las cuales conciernen al Laboratorio de Microbiología las siguientes:

a) Residuos sanitarios infecciosos: son los procedentes de pacientes con las enfermedades infecciosas que figuran en el anexo del presente Reglamento, y que son las siguientes:

-Cólera.
-Fiebre hemorrágica causada por virus.
-Brucelosis.
-Difteria.
-Meningitis, encefalitis.
-Fiebre Q.
-Borm.
-Tuberculosis activa.
-Hepatitis vírica.
-Tularemia.
-Tifus abdominal.
-Lepra.
-Antrax.
-Fiebre paratifoidea A, B y C.
-Peste.
-Poliomielitis.
-Disentería bacteriana.
-Rabia.
-Sida.
-Fasciitis necrotizante
[Esta definición de residuos infecciosos resulta considerablemente más restrictiva que la aportada en el RD 952/1997, que en mi opinión debería ser utilizada con preferencia.]

b) Residuos anatómicos [ocasionalmente]
c) Sangre y hemoderivados en forma líquida, incluyendo los recipientes que los contengan.
d) Agujas y material punzante y cortante.
g) Cultivos y material contaminado de laboratorios de microbiología e inmunología.

Por otra parte, y también dentro del Grupo III, y con el fin de facilitar su gestión, los residuos sanitarios se subclasifican en residuos SECOS y HUMEDOS.

En lo referente al ámbito de aplicación de este Reglamento, se incluyen los residuos de los Grupos II y III, y sólo los citostáticos de entre los pertenecientes al Grupo IV. Esto excluye implícitamente del ámbito de aplicación de este Reglamento los "restos de sustancias químicas" incluidas en el grupo IV, que son residuos generados en la actividad del Laboratorio de Microbiología. Más adelante nos ocuparemos de los mismos.

En el Capítulo II, Sección 1, Artículo 5 del Decreto, se establece la gestión intracentro de los residuos afectados por el mismo:

Artículo 5. Recogida intracentro de los residuos sanitarios.

1. La recogida de los residuos sanitarios en el interior de los centros que los generen se realizará aplicando rigurosos criterios de segregación, asepsia, inocuidad y economía, evitando trasladar la contaminación o el deterioro ambiental a otro medio receptor, y en particular:
a) Se implantará un sistema de recogida selectiva y diferenciada de todos los tipos de residuos generados en el centro atendiendo a la clasificación establecida en el artículo 3, evitando las mezclas que supongan un aumento de su peligrosidad o de la dificultad para su gestión.
b) Para los residuos de los grupos II y III se utilizarán bolsas o recipientes de un solo uso, cuyas características técnicas se adaptarán a los criterios siguientes:

-Estanqueidad total.
-Opacidad a la vista.
-Resistencia a la rotura.
-Asepsia total en su exterior.
-Ausencia total en su exterior de elementos sólidos punzantes o cortantes.
-Volumen no superior a 70 litros.
-Cerramiento especial hermético de fácil apertura, que no pueda abrirse de forma accidental.

c) Para residuos cortantes y punzantes se utilizarán recipientes impermeables, estancos, rígidos y a prueba de corte y perforación.
d) Para los residuos consistentes en muestras de sangre, hemoderivados y otros residuos líquidos específicos se utilizarán recipientes rígidos, impermeables, herméticos y estancos. Dispondrán obligatoriamente de este tipo de recipientes las salas de operaciones, los servicios ginecológicos y patológicos, los laboratorios serológicos, los bancos de sangre y las áreas asistenciales que los generen.

Protocolo de eliminación de residuos del Laboratorio de Microbiología

En el curso de la actividad del Laboratorio de Microbiología se genera todo tipo de residuos, que podemos asimilar a los cuatro grupos a los que hace referencia el RD 240/1994.

La forma de gestionar todos estos residuos se basará, como hemos visto más arriba, en la segregación, es decir, separación de los diferentes tipos de residuos según la forma en que vayan a ser desechados.

Residuos pertenecientes al grupo I

Se desecharán como cualquier residuo urbano

Residuos sólidos pertenecientes a los grupos II y III

Se desecharán como norma general en recipientes de un solo uso. Dichos recipientes están destinados a la incineración fuera del centro sanitario por parte de empresas autorizadas, y tendrán las siguientes características técnicas.

-Estanqueidad total.
-Opacidad a la vista.
-Resistencia a la rotura.
-Asepsia total en su exterior.
-Ausencia total en su exterior de elementos sólidos punzantes o cortantes.
-Volumen no superior a 70 litros.
-Cerramiento especial hemético de fácil apertura, que no pueda abrirse de forma accidental.

Una forma alternativa de tratar los residuos sólidos de los grupos II y III en el propio Laboratorio de Microbiología que los genera, es mediante esterilización en autoclave; en este caso hay que asegurarse de que el ciclo produce la esterilización en toda la masa de los residuos; puesto que los programas para materiales limpios no sirven para los desechos, se aconseja prolongar el tiempo y aumentar la presión del proceso de autoclavado. La utilización de indicadores químicos y/o biológicos (esporas de Bacillus) puede no ser suficiente para controlar la eficacia del proceso, por lo que algunos expertos recomiendan como alternativa controlar sistemáticamente en cada proceso la presión y la temperatura, así como hacer un mantenimiento adecuado del autoclave.

Residuos cortantes y punzantes (grupo III)

Se desecharán en recipientes impermeables, estancos, rígidos y a prueba de corte y perforación.

Residuos líquidos orgánicos (sangre, líquidos orgánicos, secreciones, etc.) (grupo III)

Pueden eliminarse directamente por el desagüe con agua abundante, según se acepta por parte de diversas reglamentaciones específicas y manuales generales. Por lo que se refiere a los líquidos infecciosos que genera el propio laboratorio, como los sobrenadantes de los cultivos, residuos de aparatos de serología, etc. es aconsejable recogerlos en un recipiente que contenga una solución de hipoclorito sódico recién preparada. Luego se pueden eliminar por los desagües. No obstante, muchos laboratorios someten los resíduos líquidos, sangre incluida, a tratamiento en autoclave, lo que tiene la mayor importancia si son residuos que proceden de micobacteriología o virología.

Residuos químicos (grupo IV)

Cada Laboratorio de Microbiología debe elaborar su propio Manual para la Gestión de los Residuos Químicos. Los aspectos que se deben considerar en el manual son los siguientes:

- Enumeración de los residuos químicos potencialmente peligrosos que genera el laboratorio.
- Descripción de la peligrosidad de cada uno de ellos
- Métodos para reducir su producción
- Métodos para su eliminación controlada
- Normas de actuación en caso de accidentes con estos productos
- Formación del personal.

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